Regresar
Doctrina social de la Iglesia sobre la familia 
Autor
 

 

Documento que trata sobre la familia y educación. El futuro de la sociedad depende, en gran manera, de lo que sean la familia y la educación 


Doctrina social de la Iglesia sobre la familia 
La familia, entendida en sentido amplio, es una realidad social presente en todas las sociedades conocidas, aunque en modalidades y formas distintas. Alrededor de la alianza entre varón y mujer, y la comunidad de vida entre padres e hijos, existen una gran variedad de valores, usos, costumbres, normas y leyes que la configuran no sólo como un grupo social característico, sino como una institución social fundamental. 

Como en las demás materias, la Iglesia, en sus enseñanzas sobre la familia, parte del conocimiento que posee por la Revelación sobre el hombre y la familia, a las que une los hallazgos de la razón sobre la naturaleza y las exigencias éticas relativas a la vida familiar. Tiene también en cuenta las aportaciones de las ciencias sociales sobre la familia como datos a considerar y si acaso, a juzgar, pero no como pauta de comportamiento. El que haya muchos divorcios y bastantes uniones no matrimoniales, pongamos por caso, es una descripción social, pero esto no indica la norma a seguir. La situación sociológica de la familia en un determinado país y en un cierto momento histórico únicamente indica lo que acontece, pero no lo que la familia está llamada a ser, lo que «debe ser». 

En estrecha unión con la familia está la educación de los hijos y, de modo más amplio, la educación en general. De ambos temas, familia y educación, nos ocuparemos en el presente capítulo. El futuro de la sociedad depende, en gran manera, de lo que sean la familia y la educación. Estamos, pues, ante un tema decisivo, de gran importancia práctica. 

La familia como institución social 

A pesar de las dificultades que sufre la familia en casi todo el mundo y de los repetidos intentos de considerar como familia variadas formas de convivencia íntima, se impone la cuestión acerca de la verdadera naturaleza de la institución familiar. Contraponer lo que algunos llaman «familia tradicional» con otras formas de familia es una trampa. Es más correcto hablar de la «verdadera familia», fundada en el legítimo matrimonio. 

La familia es expresión primera y fundamental de la naturaleza social del hombre. «En el matrimonio y la familia se constituyen un conjunto de relaciones interpersonales -relación conyugal, paternidad-maternidad, filiación, fraternidad- mediante las cuales toda persona humana queda introducida en la «familia humana» y en la «familia de Dios» que es la Iglesia (FC 15). 

La familia es objeto de ciencias como la antropología, la sociología y las ciencias jurídicas, por citar unas pocas. Pero la familia es, ante todo, una realidad humana con serias implicaciones éticas para el desarrollo humano y para el bien común de la sociedad. 

La teología aporta luces nuevas a la comprensión de la familia y su misión. El matrimonio y la familia fundada sobre el matrimonio, no son una invención humana, sino que responden a los planes del Creador. Ya en las primeras páginas de la Biblia, tras la narración de la creación, aparece el matrimonio la institución familiar, en la bendición de Dios a nuestro primeros padres para que crecieran y se multiplicaran (Cf. Gen 1,28). 

Más expresivas aún son estas palabras: «el hombre deja a su padre y a su madre y se une a su mujer, y son los dos una sola carne» (Gen 2, 24). Expresan la grandeza del matrimonio y sus propiedades -, esenciales: la unidad y la indisolubilidad. Jesús se refiere a ellas cuando explica la indisolubilidad del matrimonio y remite «al principio», esto es, a los planes del Creador (Mt 19, 4-6). 

En otros muchos lugares de la Sagrada Escritura se alude directa o indirectamente al matrimonio y a la familia, a su significado y exigencias éticas. San Pablo llega a comparar la unión entre los esposos a la que existe entre Cristo y la Iglesia (Cf. Ef 5, 22-32). 

En las enseñanzas de la Iglesia se explicita qué define la verdadera institución matrimonial y familiar. De modo breve, pero muy claro, el Magisterio enseña que «según el designio de Dios, el matrimonio es el fundamento de la comunidad más amplia que es la familia, ya que la institución misma del matrimonio y el amor conyugal están ordenados a la procreación y educación de la prole, en la que encuentran su coronación» (FC 14). 

El matrimonio, núcleo y origen de la familia, surge del consentimiento personal e irrevocable, por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente. «De este consentimiento nace, también ante la sociedad, una institución confirmada por la ley divina» (GS 48). De aquí que pueda afirmarse que la familia «es la sociedad natural donde el hombre y la mujer son llamados al don de sí en el amor y en el don de la vida» (CCE 2207). La familia es, por ello, «una comunidad de personas, para las cuales el modo propio de existir y vivir juntos es la comunión» (CF 7).

El último Concilio, sintetizando la constante enseñanza de la Iglesia, se refiere a la unión entre marido y mujer, señalando que «por ser una donación mutua de dos personas, y por el bien de los hijos, esta unión exige la plena fidelidad de los esposos e impone su indisoluble unidad» (GS 48). La alianza matrimonial, «consorcio de toda la vida, ordenada por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole, fue elevada por Cristo a la dignidad de sacramento entre bautizados» (CIC 1055,1). La institución natural del matrimonio es, pues, anterior al sacramento del matrimonio. Mientras que la institución matrimonial deriva de la naturaleza humana y sus exigencias éticas y sociales alcanzan a todos, el sacramento del matrimonio es el modo concreto de acceder a la institución matrimonial entre bautizados. 

En la Carta de los derechos de la familia de la Santa Sede, se resumen estas y otras enseñanzas del Magisterio con palabras muy precisas: «La familia está fundada sobre el matrimonio, esa unión íntima de vida, complemento entre un hombre y una mujer, que está constituida por el vínculo indisoluble del matrimonio, libremente contraído, públicamente aceptado, y que está abierta a la transmisión de la vida» (CDF Preámbulo B). 

El carácter de institución social del matrimonio y la familia implica una realidad anterior e independiente de quienes entran en ella. Una persona es libre para casarse o no y de elegir cónyuge, pero al contraer matrimonio asume y entra a formar parte de la institución matrimonial y familiar tal como es. Como señalaba Pío XI, «el matrimonio no ha sido instituido ni restaurado por obra humana, sino divina, ha sido protegido con leyes, confirmado y elevado no por los hombres, sino por el propio Dios, autor de la naturaleza, y por el restaurador de esta misma naturaleza, Cristo nuestro Señor: leyes que, por consiguiente, no pueden estar sujetas a ningún arbitrio humano, ni siquiera de los contrayentes» (CC 5). 

Las denominadas «uniones libres» o también «parejas de hecho» no corresponden al plan de Dios sobre el amor humano y son contrarias a la dignidad personal que exige considerar al cónyuge como una persona a quien se debe un amor total, fiel y exclusivo hasta la muerte, y abierto a la transmisión de la vida (Cf. HV). El verdadero amor supera en mucho la mera inclinación erótica que, cultivada de modo egoísta, se desvanece rápida y lamentablemente. En las «parejas de hecho» no hay dos personas que se aman generosamente con una mutua y total donación de sí mismos. Por el contrario, con suma frecuencia, el «cónyuge» es visto como un simple sujeto de intercambios y la unión como algo muy provisional. Si son cristianos se privan, además, de la gracia del sacramento y dan lugar a un grave escándalo (Cf. FC 81, CC 8, GS 49 y HV 9). 

Cuando la legislación equipara las «parejas de hecho» al matrimonio, contribuye a la destrucción del concepto de familia, disminuye la importancia social de la institución del matrimonio, es desconsiderada con los posibles hijos de tales uniones y su derecho a nacer en una familia estable y bien constituida, atenúa el valor de fidelidad y afianza el sentido de egoísmo en la vida social. 

Junto con las uniones libres, la dignidad de la institución matrimonial y familiar está también obscurecida por la «epidemia del divorcio» y en algunos países, incluso por la poligamia (Cf. GS 47). También la legislación divorcista, so pretexto de avalar la libertad y poner remedio a situaciones difíciles, ocasiona un grave daño social, por diversos motivos: disminuye el reconocimiento social del matrimonio y de la fidelidad, hace que muchísimas desavenencias familiares, solucionables con un poco de espíritu de sacrificio y generosidad, desemboquen fácilmente en una ruptura definitiva; tiene muy poco en cuenta los derechos y la educación de los hijos y puede dejar a una de las partes en una situación injusta en el aspecto económico, afectivo y espiritual. 

La familia como célula y núcleo vital de la sociedad 

El Magisterio de la Iglesia, con frecuencia ha utilizado analogías tomadas de la biología para expresar la relación y la importancia de la familia en La sociedad. Pío XII denominó a la familia «"célula vital" de la sociedad» (LS 124). En términos parecidos se expresó Juan XXIII al considerarla «como la semilla primera y natural de la sociedad humana» (PT 265). Posteriormente, el Concilio Vaticano II afirmaría que «la familia ha recibido de Dios la misión de ser la célula primera y vital de la sociedad» (AA 11) al tiempo que proclamaba que «constituye el fundamento de la sociedad » (GS 52). Pablo VI y Juan Pablo II han seguido utilizando esta analogía y también el Catecismo de la Iglesia católica, que califica a la familia como «célula original de la vida social» (CCE 2207) 

La comparación de la familia con una célula resulta sugerente, ya que la familia, corno la célula en un organismo vivo, es el elemento más simple, primario y fundamental de la sociedad. Las células crecen, generan nuevas células y aportan sus cualidades al organismo al que pertenecen. Así también la familla está llamada a facilitar el crecimiento humano de sus miembros, es el lugar adecuado para generar nuevas vidas humanas y desarrollar su humanidad y con su existencia y actividad, contribuye al bien de la entera sociedad. 

En la familia, los esposos «se ayudan y se sostienen mutuamente, adquieren conciencia de su unidad, y la logran cada vez más plenamente» (GS 48). Y algo parecido ocurre con los hijos. El amor a quienes forman parte de la familia exige entrega y sacrificio, lo cual ayuda a crecer en humanidad y a desarrollar virtudes humanas. Es en el seno de la familia donde «el hombre recibe las primeras nociones sobre la verdad y el bien; aprende qué quiere decir amar y ser amado, y por consiguiente qué quiere decir en concreto ser una persona» (CA 39). La familia es, en cierto modo, «una escuela de las mejores virtudes humanas» (GS 52). Es, además, «una encrucijada de varias generaciones que se ayudan entre sí para adquirir una sabiduría más honda y para armonizar los derechos de las personas con las exigencias de la vida social» (GS 52). 

La familia es el lugar adecuado para la transmisión de la vida y para la educación más fundamental por cuanto ofrece un clima propicio de afecto, estabilidad familiar, basada en un sólido compromiso y en la comunión de personas, junto a la complementariedad que ofrecen el padre y la madre. En la familia cada uno es amado por lo que es y, de este modo, se aprende de un modo práctico qué es el amor. 

Favoreciendo el desarrollo humano por la dedicación a los demás y, sobre todo, por la formación de ciudadanos en valores y virtudes, la familia contribuye en gran medida al bien de la sociedad. La doctrina social de la Iglesia remarca algo bien conocido: «la familia es escuela del más rico humanismo» (GS 50) y «la primera escuela de virtudes sociales, que todas las sociedades necesitan» (GE 3). 

Son muchos los valores y las virtudes adquiridos en la vida familiar que después se manifiestan en la vida social. «La autoridad, la estabilidad y la vida de relación en el seno de la familia constituyen los fundamentos de la libertad, de la seguridad y de la fraternidad en el seno de la sociedad. La familia es la comunidad en la que, desde la infancia, se pueden aprender valores morales, se comienza a honrar a Dios y a usar la libertad. La vida de familia es iniciación a la vida en sociedad» (CCE 2207) y también el ámbito de educación para el trabajo: «Trabajo y laboriosidad condicionan (...) todo el proceso educativo dentro de la familia» (LE 10). 

Puede asegurarse que «el bienestar de la persona y de la sociedad humana y cristiana está estrechamente ligado a la prosperidad de la comunidad conyugal y familiar» (Cf. GS 47). Ciertamente, «en la familia encuentra la nación la raíz natural y fecunda de su grandeza y potencia» (LS 123). La calidad de las familias condiciona la calidad moral de quienes forman un país. De aquí que pueda afirmarse con Juan Pablo II: «¡El futuro de la humanidad se fragua en la familia!» (FC 86). 

A pesar de la claridad de esta doctrina y de sus consecuencias prácticas, la dignidad del matrimonio y de la familia y su condición de célula y núcleo vital de la sociedad está oscurecida en diversos lugares. Entre los motivos que contribuyen a ello, además de las prácticas que atentan contra ella directamente y a las que ya nos hemos referido (divorcios, uniones libres...), hay que añadir ciertas deformaciones del amor conyugal, consecuencia de actitudes egoístas y hedonistas, que llevan a prácticas anticonceptivas y, a veces, incluso abortistas. También contribuyen a ello, algunas dificultades prácticas en la transmisión de los valores y en la educación en las virtudes dentro de la familia y la influencia de determinados medios de comunicación social poco favorables a la institución familiar. A todo lo anterior hay que añadir la actual influencia social de algunas ideologías, como el feminismo radical y la homosexualidad, que difunden concepciones y actitudes contrarias al matrimonio, a la familia o la cultura de la vida. La Iglesia, que defiende con firmeza la dignidad de la mujer (Cf. MD) y que se esfuerza para que todos acojan y respeten a los homosexuales como personas (Cf. HP), expresa también con claridad que este respeto no debe llevar a justificar reivindicaciones que no son verdaderos derechos, sino prácticas contrarias a un recto sentido del matrimonio y de la sexualidad humana. 

Otra ideología de gran influencia es el individualismo, que sólo considera relevante al individuo y sus intereses. La sociedad no estaría formada por las personas y sus familias, sino únicamente por individuos. La familia, lejos de ser la célula vital de la sociedad, sólo sería una opción del individuo equiparable a cualquier otro pacto o contrato social. 

En la raíz de muchos de los males que aquejan a la familia, como ha señalado Juan Pablo II, hay una concepción errónea de la libertad, a la que no se ve «como la capacidad de realizar el proyecto de Dios sobre el matrimonio y la familia, sino una fuerza autónoma de autoafirmación, no raramente contra los demás, en orden al propio bienestar egoísta» (FC 6) . 

Deberes y derechos de la familia 

La naturaleza del matrimonio y la familia y su misión en la sociedad y en la Iglesia presenta un conjunto de deberes que han de ser asumidos por los diversos miembros de la familia, cada uno según su condición. A estos deberes se corresponden un conjunto de derechos de la familia que deben ser respetados y promovidos en la vida social para que la familia pueda llevar a cabo sus cometidos. A esos deberes y derechos nos referiremos a continuación.

Deberes familiares

a) Servicio a la vida. Siguiendo la Sagrada Escritura y la Tradición, la Iglesia enseña que «el cometido principal de la familla es el servicio a la vida, el realizar a lo largo de la historia a bendición original del Creador, transmitiendo en la generación la imagen divina del hombre al hombre»". Se trata de una misión de elevado valor moral: «En el deber de transmitir la vida humana y de educar la prole, lo cual han de considerar los esposos como su misión propia, saben ellos que son cooperadores del amor de Dios creador y sus interpretes» (GS 50). 

Con relación al servicio a la vida, la Iglesia enseña «la inseparable conexión que Dios ha querido y que el hombre no puede romper por propia iniciativa, entre los dos significados del acto conyugal: el significado unitivo y el significado procreador» (HV 12; CCE 2366). Esto exige que «cualquier acto matrimonial debe quedar abierto a la transmisión de la vida» (HV 11; CCE 2366; cf. HV 12; CC55), siendo intrínsecamente mala «toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga como fin o como medio, hacer imposible la procreación» (HV 14; CCE 2370). Es, pues, ilícito el uso de anticonceptivos y el aborto voluntario. Se excluye también la transmisión de la vida fuera del acto matrimonial (fecundación artificial) (Cf. DVt; CCE 2376-2377).

b) Educación de los hijos. Los padres son los primeros responsables de la educación de sus hijos. «Puesto que los padres han dado la vida a sus hijos tienen la gravísima obligación de educarlos, y, por tanto, hay que reconocerlos como los primeros y principales educadores de sus hijos» (GE 3). 

Esta responsabilidad tiene varias implicaciones. Entre ellas, la educación en la fe, que debe empezar desde la más tierna infancia (Cf. CCE 2226), en la virtudes (Cf. CCE 2223) y a usar rectamente su razón y su libertad (Cf. CCE 2228), elegir una escuela adecuada, de acuerdo con sus convicciones (Cf. CCE 2228) y ayudarles con consejos juiciosos, especialmente en la elección de profesión y estado de vida, respetando, al mismo tiempo, su libertad (Cf. CCE 2230). 

El Catecismo de la Iglesia católica remarca algunos aspectos mediante los cuales los padres llevan a cabo su responsabilidad de ser los primeros y principales educadores (Cf. CCE 2208, 2223 y 2224), «ante todo por la creación de un hogar, donde la ternura, el perdón, el respeto, la fidelidad y el servicio desinteresado son norma. El hogar es un lugar apropiado para la educación de las virtudes. Los padres han de enseñar a los hijos a subordinar las dimensiones "materiales e instintivas a las interiores y espirituales" (CA 36)» (Cf. CCE 2223). En estrecha relación con esta enseñanza, el Concilio Vaticano II añade: «Es, pues, obligación de los padres formar un ambiente familiar animado por el amor, por la piedad hacia Dios y hacia los hombres, que favorezca la educación íntegra personal y social de los hijos» . 

En esta tarea educativa, el ejemplo es fundamental. Como señala San Josemaría Escrivá, «los padres educan fundamentalmente con su conducta. Lo que los hijos e hijas buscan de su padre o de su madre no son sólo unos conocimientos más amplios que los suyos o unos consejos más o menos acertados, sino algo de mayor categoría: un testimonio del valor y del sentido de la vida encarnado en una existencia concreta, confirmado en las diversas circunstancias o situaciones que se suceden a lo largo de los años» (Es Cristo que pasa, n. 28). 

c) Respeto y responsabilidad paterno-filial. «Los padres deben mirar a sus hijos como hijos de Dios y respetarlos como personas humanas» (CCE 2221). Este respeto y afecto de los padres tiene diversas manifestaciones. Durante la infancia, se traduce, ante todo, en el cuidado y atención con que han de educar a sus hijos y velar por sus necesidades físicas y espirituales (Cf. CCE 2228). 

Por su parte, los hijos deben a sus padres respeto filial. Este respeto filial esta hecho de gratitud hacia quienes deben la vida, su ayuda al crecimiento y educación, su amor y su trabajo. En muchas ocasiones los padres han sido también los instrumentos para dones sobrenaturales más valiosos: la fe, la gracia del Bautismo y la vida de la Iglesia. 

El respeto filial se expresa de diversos modos en las diversas etapas de la vida, pero permanece siempre. En la infancia exige sobre todo docilidad y obediencia a los padres (en todo aquello que no se oponga a la ley moral), en la edad adulta requiere responsabilidad (Cf. CCE 2214-2220), la cual ha de llevar a preocuparse de modo efectivo por sus necesidades: «En cuanto puedan deben prestarles ayuda material y moral en los años de vejez y durante los tiempos de enfermedad, de soledad o de abatimiento» (CCE 2218). 

d) Contribución a la ayuda recíproca y a la armonía familiar. «Las relaciones en el seno de la familia entrañan una afinidad de sentimientos, afectos e intereses que provienen sobre todo del mutuo respeto de las personas» (CCE 2206). La comunidad de personas que es la familia requiere esfuerzo de todos los que la integran por reconocer, comprender y querer a cada uno de los miembros, empezando por los padres. La familia «para que pueda lograr la plenitud de su vida y de su misión requiere un tierno intercambio de afecto y una armonía de criterio entre los cónyuges, así como una cooperación atenta en la educación de los hijos» (GS 52). En este sentido, la familia debe vivir de manera que sus miembros aprendan el cuidado de los más débiles y necesitados, también más allá de la propia familia (Cf. CCE 2208). La vivencia del respeto filial contribuye en gran manera a la armonía de toda la vida familiar. «El respeto a los padres irradia en todo el ambiente familiar» (CCE 2219) y alcanza a las relaciones entre hermanos y hermanas (Cf. CCE 2219). 

Derechos de la familia en la sociedad 

La familia, como sujeto social, tiene derechos porque tiene también deberes. La primera responsabilidad social respecto a la familia es respetar esos derechos y la intimidad que corresponde a las relaciones familiares. 

El Catecismo de la Iglesia católica señala que «la importancia de la familia para la vida y el bienestar de la sociedad (Cf. GS 47,1) entraña una responsabilidad particular de ésta en el sostén y fortalecimiento del matrimonio y de la familia». Y recogiendo un texto del último Concilio añade: «el poder civil ha de considerar como deber grave «el reconocimiento de la auténtica naturaleza del matrimonio y de la familia, protegerla y fomentarla, asegurar la moralidad pública y favorecer la prosperidad doméstica" (GS 52,2)» (CCE 2210). 

Muchas declaraciones internacionales de derechos humanos se han referido a diversos derechos familiares, pero hasta ahora el único texto internacional dedicado con carácter monográfico es la Carta de los derechos de la familia publicada por la Santa Sede en 1983. Está inspirada en diversos textos de la doctrina social de la Iglesia y especialmente en un listado de la Familiaris consortio (Cf. FC 46). El Catecismo de la Iglesia católica resume los derechos de la familia en el siguiente texto: 

«La comunidad política tiene el deber de honrar a la familia, asistirla, y asegurarle especialmente: 
- la libertad de fundar un hogar, de tener hijos y de educarlos de acuerdo con sus propias convicciones morales y religiosas;
- la protección de la estabilidad del vínculo conyugal y de la institución familiar;
- la libertad de profesar su fe, transmitirla, educar a sus hijos en ella, con los medios y las instituciones necesarios;
- el derecho a la propiedad privada, la libertad de iniciativa, de tener un trabajo, una vivienda, el derecho a emigrar;
- conforme a las instituciones del país, el derecho a la atención médica, a la asistencia de las personas de edad, a los subsidios familiares;
- la protección de la seguridad y la higiene, especialmente por lo que se refiere a peligros como la droga, la pornografía, el alcoholismo, etc.;
- la libertad para formar asociaciones con otras familias y de estar así representadas ante las autoridades civiles» (CCE 2211). 

--------------------------------------------------

Abreviaturas utilizadas:

AA: Conc. Vaticano II, Decl. Apostolicam actuositatem, sobre el apostolado de los laicos (1965).
CA: Juan Pablo II, Enc. Centesimus annus, sobre el orden social (1991).
CC: Pío XI, Enc. Casti connubi, sobre el matrimonio cristiano (1930)***.
CCE: Catecismo de la Iglesia católica (1992).
CDF: Santa Sede, Carta de los derechos de la familia (1983).
CF: Juan Pablo II, Carta a las familias (1994).
CIC: Código de Derecho Canónico (1983).
DVt: Congregación para la doctrina de la fe, Inst. Donum vitae, sobre el respeto a la vida naciente y la dignidad de la procreación (22.IL 1987).
Ef: Epístola a los efesios.
FC: Juan Pablo II, Exh. Apost. Familiaris consortio, sobre la familia(1981).
GE: Conc. Vaticano II, Gravissimum educationis, sobre la educación (1965).
Gen: Génesis.
GS: Conc. Vaticano II, Const. Gaudium et spes, sobre la Iglesia en el mundo (1965).
HP: CDF, Carta sobre la atención pastoral de las personas homosexuales (1986).
HV: Pablo VI, Enc. Humanae vitae, sobre la regulación de la natalidad (1967).
LE: Juan Pablo II, Enc. Laborem exercens, sobre el trabajo (1981).
LS: Pío XII, Radiomensaje La Solemnitá, sobre el orden social (1941)**.
MD: Juan Pablo II, Carta Apost. Mulieris dignitatem, sobre la dignidad de la mujer (1988).
Mt: Evangelio según San Mateo.
PT: .Juan XXIII, Enc. Pacem in Terris, sobre el orden sociopolítico (1963).

* Domènec Melé, «Cristianos en la sociedad, Introducción a la Doctrina Social de la Iglesia», págs. 99-112 (Ediciones Rialp, Madrid 1999).
 
 Fuente:

Encuentro Mundial de la Familia,Valencia

Regresar